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viernes, 9 de febrero de 2018



Perú: Influencia de Odebrecht en la Justicia Forense y el coyuntural Pedido de Pena de Muerte.

Jose García Jiménez
Perito Psicólogo Forense
Lima, 09 de febrero 2018

El avance de la Psicología Forense en el mundo no se permite el retroceso hacia la pena de muerte, por su natural posición humanista, como así lo postula la criminología y en consecuencia las ciencias forenses, en virtud de confrontar la historia del respeto a la vida humana, por más indigna que sea ésta, por el simple hecho del valor de la expectativa de cambio de la persona por inducción o intervención de la ciencia psicológica o del si mismo ante una circunstancia excepcional, como lo indica la bibliografía de la transformación de la personalidad.

Sin embargo hoy en día la coyuntura da pie a la oportunismo que el Congreso Legislativo Peruano, tenga pedidos de reforma de la Constitución por la inclusión de la pena de muerte y retiro del pacto de San José de Costa Rica, firmado o asistido por dicho estado como fiel reflejo del cambio de actitud jurídica? dada la violencia sexual con altas estadísticas en el contexto Latinoamericano 2ª lugar, lo que lleva al hartazgo de la consecuente permanencia a lo que denominó una reacción mundial de la desastrosa violencia humana en nuestra historia en los años 1945, se impulsa en México  y se firma el 22 de noviembre de 1969 fecha del pacto de San José de Costa Rica. Salir de este acuerdo es afirmado como un retroceso de nuestra historia de la humanidad. Habría el riesgo de dictaduras en la política, riesgos múltiples a los derechos humanos.

Sin embargo, debemos asociar, los efectos intrínsecos de dicha actual circunstancia. Tenemos las premisas del contexto social Latinoamericano de evidenciar una red de corrupción mas grande de esta aparte del continente, de la Empresa Brasileña Odebrecht que fingió competir por licencia para acceder a grandes proyectos de construcción en los países del continente. Actividad que lidera por mas de 30 años en nuestros países. Y es exactamente el periodo de decaimiento por inacción de los estados de los controles sociales probatorios en esta parte del continente.

No se puede dejar de asociar este instrumento de la legalidad o de la justicia en el mundo como viene  a constituirse las ciencias forense probatorias, suma de toda evidencia científica que asocia responsabilidad civil o penal, laboral, y hasta garantías constitucionales ante cualquier proceso judicial, debemos reconocer que esta es la piedra angular de hoy en día de la justicia, ya lo digo cuando afirmo que si antes se decía “justicia que tarda no es justicia”, hoy la esencia de ello la temporalidad, lo condiciona a la operatividad de las ciencias forenses, su ineficacia contribuye a la dilación y el empobrecimiento de la valoración de la justicia, hoy propia del siglo XIX ciega realmente a la realidad de los hechos validados solo exceptuado con la amplitud actual del aporte de las ciencias forenses que poco competitiva se da. Hoy debe decirse “Sin ciencia forense eficaz no hay justicia.” Por que hasta hoy en día se repiten la longevidad de los procesos altamente complicados por su complejidad como resultaría el actual mencionado lobismo continental.

Y por que decimos esto, por que curiosamente manos extrañas o “ignorancia”, han contribuido a que este fenómeno de aparente negligencia de los actores, no se haya avanzado significativamente en la construcción de la justicia al desdeñar, postergar o dejar en segundo orden el afianzamiento de este instrumento vital para la Justicia.

Ejemplo en el Peru, el ex presidente Fujimori, y muy probablemente su asesor Montesinos, con el golpe de estado de 1991, en febrero del año 1992 desarticula la ley que en el año 1,985 se promulga, la Ley Nº 24128, que crea al Instituto de Medicina Legal autónomo, vía un Decreto Ley, Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia publicada el 24 de diciembre de 1992 en su 1º Disposición transitoria y complementaria escuetamente, mediante acto estratégico político, dictatorial e inconstitucional lo deja subsumido a un nivel administrativo del Ministerio Publico, el mismo que no tiene la visión ni recursos humanos calificados para administrar ciencias forenses o un desarrollo multidisciplinario en sus niveles científicos. Lo cual ha evidenciado un rezago y vulnerabilidad de sus actuaciones en medio de su permanente ausencia de desarrollo de lo más mínimo significativo, sobre todo en políticas de desarrollo de políticas de autonomía de cada una de las ciencias forenses como de investigación.

La capacidad operativa es lo mínimo proyectado en su cobertura nacional en desarrollo, por su natural demanda de implementación en el país. Y que tenemos en consecuencia, que el sistema ante la modernidad tenga un espejismo de operatividad, donde la noticia es la baja presencia de procesos sustentables en juicios, y considero que no es como se anuncia paradójicamente una gran victoria del elocuente mejor sistema implementado Nuevo Código Procesal Penal Decreto Legislativo 957, circunstancia continental; sino de la vulnerabilidad del sistema probatorio, incipiente, poco preparado, muy debilitado, y que es fácilmente cuestionado por su permanente des actualización, confesión de permanente preocupación de los fiscales. Peor aún, la ceguera de los juristas y de los propios Fiscales de no identificar el real problema de su eficacia u operatividad, el abandono de su brazo derecho las ciencias forenses probatorias, administradas por el Ministerio Público a un nivel de sub administración.

¿Y porque no aceptar la pena de muerte como solución a este problema de inepto abordaje del control social ineficiente de nuestra justicia?   Porque se ha demostrado que la pena de muerte no resulta disuasoria del infractor, menos del psicópata que delinque aun frente al riesgo de muerte, por naturaleza propia, este es el mal ¿Como es que nuestras sociedades educan a infractores a las normas o personalidades psicópatas? Por modelamiento, inadecuado imperfecto, pautas de supervisión y control en su crianza ineficaces o nulas, ausencia de psicólogos en los colegios mayoritarios y el estilo de dirección del país con conductas psicopáticas, ejemplo los resultados de la influencia de Odebrecht tener presidentes haciendo cola en los penales del Perú. Que muy probablemente lo que menos les interesaba fue mejorar el Sistema judicial, en su esencia LA PRUEBA, (Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses) tema de interés mundial en sus aspectos epistemológicos, metodológico-científicos, tecnológicos y de operación altamente eficaz por la premura de sus resultados.

Un fenómeno de interés social comunitario de estudio, muy aparte del tema expuesto es el impacto social de este daño por inadecuado referente o modelos en los presidentes del Peru o en la pobreza, en la educación y en la paternidad responsable en los menores de edad niños niñas y adolescentes.

En consecuencia, respecto  la influenciable política peligrosa, es ésta la histórica razón de la humanidad por la que se definió la independencia de los poderes, contra el monopolio del poder, y a pesar que el derecho penal comparado a avanzado en la unicidad de políticas de lavado de dinero como de delitos internacionales, actualmente ante la justicia, sin embargo,  de sus evidentes limitaciones o conciencia y valoración del riesgo por el propio delincuente, que advierte las limitaciones del sistema probatorio e influenciabilidad o vulnerabilidades en sus representantes, forenses mal pagados, intimidables, sin defensa jurídica ante querellas, etc., como consecuencia ciegamente el sistema determina una mayor influencia en el “indubio pro reo”, principio de por insuficiencia probatoria, se favorecerá al imputado o acusado (reo), en una mayor reincidencia.  Por lo tanto resulta poco consistente que esta no sea una de las razones principales de la explosión  de la violencia y criminalidad,  la eficacia probatoria deficiente; sin embargo, la letanía del poder ejecutivo predomina sobre el judicial aunque no lo digan los juristas y no determinen política para que esa real independencia de los poderes en lo económico sea una realidad judicial de los países Latinos, siendo los presidentes quienes pueden influir en la determinación de políticas prioritarias o no de ejecución de los estados, hasta hoy en día incluidas las de los poderes judiciales en cuanto a su presupuesto.

Podemos afirmar que el poder corrompe como es conocido, pero también hay que observar la posición dominante en la política continental, de dicho poder para envilecer a la sociedad latinoamericana donde operaba como lo ha resultado, Odebrecht en los países latinoamericanos donde muy probablemente una acción predominante fue como consecuente actitud y comportamiento presidencial, y ministeriales correspondientes, siempre por voluntad política o ignorancia que es también una realidad hipotética cultural de nuestros países, no atender a los sistemas probatorios de la justicia.

Concluyo por lo tanto el poder que debe dársela a la justicia probatoria; el mas alto en la estructura jurídica de los estados, debe ser excelente, muy calificada por ser de alta especialización emparejada con los hallazgos recientes de cada ciencia aplicada a la investigación científico forense que debe efectuar permanentemente, y sobre todo planificada con mucha anterioridad como se prevé el bienestar del futuro de un país, en un rango de media centuria o 60 años que es el rango promedio de institucionalización de los avances científicos en las sociedades o humanidad total, a fin de tener controlado los cambios sociales naturales, científicos y tecnológicos asociados a la criminalidad evidentes, con el anticipo prudente en este orden de temáticas en su aporte a la justicia.  Por ello las ciencias forenses no harán justicia si no se invierte en cada país cualquiera sea este, como prioridad principalísima o fundamental cuyo objeto final es el bienestar de nuestras sociedades.


Abro el debate y análisis jurídico comparado para verificar esta postulación de la influencia del poder político en cada país latino en el desarrollo reciente de las ciencias forenses latinoamericanas.

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